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Artículo 81 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California:
Los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada conforme a lo establecido por esta Ley, en sus respectivos portales de internet, la información de interés público por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señala, entre otras:
IV.- Las metas y objetivos de las áreas de conformidad con sus programas operativos
VI.- Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados
XXXI.- Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero.
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